lunes, 30 de noviembre de 2015
1.
REAJUSTE 4,1%: a contar del 01 de Diciembre
de 2015.
2.
AGUINALDO DE
NAVIDAD:$51.421.- para los trabajadores cuya remuneración líquida percibida en el mes de
noviembre de 2015 sea igual o inferior a $687.060.- y de$27.200.- para
aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad.
3.
AGUINALDO DE
FIESTAS PATRIAS DEL AÑO 2016: para a los trabajadores que, al 31 de agosto del año
2016, desempeñen cargos de planta o a contrata, será de $66.208.- para
los trabajadores cuya remuneración líquida, que les corresponda percibir en el
mes de agosto del año 2016, sea igual o inferior a $687.060.-, y de
$45.959.-, para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad.
4.
BONO DE
ESCOLARIDAD: no imponible ni tributable, por cada hijo de entre cuatro y
veinticuatro años de edad, que sea carga familiar reconocida para los efectos
del decreto con fuerza de ley Nº150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y
Previsión.
El monto del bono
ascenderá a la suma de $64.388.- el que será pagado en 2 cuotas iguales
de $32.194.- cada una, la primera en marzo y la segunda en junio del año 2016.
Bonificación Adicional al bono de escolaridad
de $27.200.- por cada hijo que cause este derecho, cuando a la fecha de
pago del bono, los funcionarios tengan una remuneración líquida igual o
inferior a $687.060.-, la que se pagará con la primera cuota del bono de
escolaridad respectivo y se someterá en lo demás a las reglas que rigen dicho
beneficio.
5.
BONO DE
VACACIONES: no imponible, que no constituirá renta para ningún efecto legal, que se
pagará en el curso del mes de enero de 2016 y cuyo monto será de $104.100.-
para los trabajadores cuya remuneración líquida que les corresponda percibir en
el mes de noviembre de 2015 sea igual o inferior a $687.060.- y de $72.870.-
para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad y no exceda de
una remuneración bruta de $2.275.183.-.
6. BONO ESPECIAL NO IMPONIBLE,
que no constituirá renta para ningún efecto legal, que se pagará en el curso
del mes de diciembre de 2015 y cuyo monto será de $71.000.- para los
trabajadores cuya remuneración líquida que les corresponda percibir en el mes
de noviembre de 2015 sea igual o inferior a $687.060.-
7. MINIMOS REMUNERACIONES:
Artículo 18.- Sustitúyase,
a partir del 1 de enero del año 2016, los montos de: (Remuneración de inicio).
·
PLANTA AUXILIAR: $310.000, por $337.900.-
·
PLANTA ADMINISTRATIVA: $345.000
por $376.050.-
·
PLANTA TECNICA: $367.000, por
$400.030.-
(Artículo 21 de la ley Nº19.429).
BENEFICIOS
REAJUSTE AÑO 2015 SECTOR PÚBLICO
|
BENEFICIO
|
DESCRIPCIÓN
|
VALOR
|
|
REAJUSTE
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Acontar 1ºDiciembre de 2015
|
4,1%
|
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AGUINALDO NAVIDAD 2015
|
Remuneración líquida
Igual o menor a $687.060 a Noviembre 2015.
Mayores a
$687.060
|
$ 51.421
27.200
|
|
AGUINALDO FIESTAS PATRIAS 2016:
|
Remuneración líquida
Igual o menor a $687.060. a Agosto 2016.
Mayores a $687.060
|
$ 66.208
45.959
|
|
BONO DE ESCOLARIDAD
BONIFICACIÓN ADICIONAL
|
$64.388.-
en 2 cuotas iguales de $32.194.-
Marzo 2016……………………
Junio 2016…………………….
Para remuneraciones líquidas inferiores a
$687.060
Pago en Marzo.
|
$ 32.194
32.194
27.200
|
|
BONO VACACIONES
Enero 2016:
|
Para remuneración líquida mes de noviembre
de 2015 sea igual o inferior a $687.060
Remuneración líquida mayor a $687.060 hasta
$2.275.183
|
$104.100
$ 72.870
|
|
BONO ESPECIAL NO
IMPONIBLE
Diciembre 2015
|
Para remuneración líquida a noviembre 2015
igual o inferior a $687.060
|
$ 71.000
|
martes, 24 de noviembre de 2015
R E U N I Ó N
LA ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA
UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA, ATRUNIA. INVITA A SUS SOCIOS A REUNIÓN EL DÍA LUNES
30 DE NOVIEMBRE DE 2015, DESDE LAS 15:00 Y HASTA LAS 16:30 HORAS EN LAS
DEPENDENCIAS DEL GREMIO, CAMPUS COLOSO.
TEMAS A TRATAR:
1.- PRESENTACIÓN NUEVA DIRECTIVA.
2.- PROPUESTA 2016.
3.- BALANCE.
4.- VARIOS.
UNA VEZ FINALIZADA LA REUNIÓN, SE LES
INVITA A UN COMPARTIR.
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